2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 9 - Autoridad de Acueductos y Alcantarillados
§ 166. Cargos por conexiones y usos del sistema—Permanentes

El cargo o derecho provisional establecido en la sec. 165 de este título continuará en vigor hasta que comience a regir un cargo permanente por el mismo derecho de conexión y uso del sistema de la Autoridad que ésta apruebe de acuerdo con lo dispuesto en las secs. 144 y 158 de este título, para lo cual se le faculta adicionalmente por las secs. 164 a 167 de este título. Para proyectos de remedio o limpieza ambiental, dicho cargo permanente por conexión y uso del sistema de alcantarillado será el veinticinco por ciento (25%) del cargo establecido o a establecerse por cada unidad a ser conectada al alcantarillado de la Autoridad. La descarga de proyectos de remedio o limpieza ambiental al alcantarillado sanitario será autorizada, siempre y cuando el sistema de recolección y la planta de tratamiento de aguas usadas de la AAA tengan la capacidad hidráulica de poder aceptar y procesar la misma. Además, el peticionario deberá cumplir con los límites de la descarga, así como con las condiciones y normas establecidas en el programa de pretratamiento de AAA y no deberá impactar negativamente la operación, mantenimiento y cumplimiento del sistema de recolección y planta de tratamiento a la cual interese descargar.