No se requerirá a la Autoridad hacer pago alguno a los municipios en lugar de contribuciones pero los mismos continuarán regidos por la sec. 162 de este título. La Ley Núm. 353, aprobada en Abril 17, 1946, queda por la presente expresamente derogada a partir de Mayo 15, 1947.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 9 - Autoridad de Acueductos y Alcantarillados
§ 141. Título abreviado; definiciones
§ 143. Junta de Gobierno, funcionarios
§ 143a-1. Autorización del [(de la)] Gobernador(a) y la Asamblea Legislativa
§ 150. Cesión de bienes públicos
§ 151. Contratos de construcción y compra
§ 152a. Garantía de pago de principal, prima e intereses de bonos vigentes
§ 153. Derecho a sindicatura en caso de incumplimiento
§ 154. Remedios de los tenedores de bonos
§ 155. Exención de contribuciones
§ 156. Suministro de agua a entidades gubernamentales y pagos a municipios
§ 157. Convenio del Gobierno Estadual
§ 161. Legislación anterior derogada; disposiciones inconsistentes de otras leyes
§ 164. Cargos por conexiones y usos del sistema—Definiciones
§ 165. Cargos por conexiones y usos del sistema—Provisionales
§ 166. Cargos por conexiones y usos del sistema—Permanentes
§ 167. Cargos por conexiones y usos del sistema—Convalidación