La Autoridad someterá a la Asamblea Legislativa y al Gobernador, no más tardar de seis (6) meses después de concluido el año fiscal, un estado financiero de cuentas e informe completo de los negocios y operaciones de la Autoridad durante el año fiscal. El término aquí dispuesto no será de aplicación a los informes requeridos por la sec. 151 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 9 - Autoridad de Acueductos y Alcantarillados
§ 141. Título abreviado; definiciones
§ 143. Junta de Gobierno, funcionarios
§ 143a-1. Autorización del [(de la)] Gobernador(a) y la Asamblea Legislativa
§ 150. Cesión de bienes públicos
§ 151. Contratos de construcción y compra
§ 152a. Garantía de pago de principal, prima e intereses de bonos vigentes
§ 153. Derecho a sindicatura en caso de incumplimiento
§ 154. Remedios de los tenedores de bonos
§ 155. Exención de contribuciones
§ 156. Suministro de agua a entidades gubernamentales y pagos a municipios
§ 157. Convenio del Gobierno Estadual
§ 161. Legislación anterior derogada; disposiciones inconsistentes de otras leyes
§ 164. Cargos por conexiones y usos del sistema—Definiciones
§ 165. Cargos por conexiones y usos del sistema—Provisionales
§ 166. Cargos por conexiones y usos del sistema—Permanentes
§ 167. Cargos por conexiones y usos del sistema—Convalidación