2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VI - Registro, Ejecución y Modificación de una Orden de Pensión Alimentaria
§ 1371. Registro de una orden para su ejecución

Una orden de pensión alimentaria o una orden de retención de ingresos emitida en otro estado o una orden extranjera de pensión alimentaria podrá ser registrada en Puerto Rico para su ejecución.