2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Creación, Estructura, Operación, Presupuesto y Poderes Generales del Negociado de Energía
§ 1054j. Delegación de facultades

(a) El NEPR podrá, mediante orden, asignar, referir, o delegar cualquier asunto adjudicativo o no adjudicativo para su resolución en uno o más de los comisionados. En dichas órdenes, el NEPR especificará el nombre del comisionado y las facultades específicas del NEPR que se le estén delegando. El NEPR podrá delegar a sus comisionados las siguientes facultades:
(1) Administrar juramentos y tomar deposiciones;
(2) emitir citaciones;
(3) recibir y evaluar evidencia;
(4) presidir las vistas; y
(5) celebrar conferencias para simplificar los procedimientos.
(b) Oficiales examinadores.— El NEPR tendrá la autoridad para referir o delegar cualquier asunto adjudicativo a oficiales examinadores. El NEPR será quien asignará y distribuirá entre los oficiales examinadores del NEPR las tareas y asuntos delegados por el NEPR, tras lo cual, éstos tendrán el deber de emitir recomendaciones sobre la adjudicación del caso o del incidente procesal objeto de la asignación, referido o delegación del NEPR. Al emitir su decisión, el NEPR tendrá plena discreción para acoger o rechazar las recomendaciones de los oficiales examinadores. Todo oficial examinador que sea designado para presidir una vista o investigación tendrá los poderes que expresamente le delegue el NEPR en la orden de designación. Los oficiales examinadores serán designados y desempeñarán sus funciones según lo dispuesto por las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”.
(c) Jueces administrativos.— Según se dispone en este inciso, el NEPR tendrá la facultad de delegar a jueces administrativos con plena facultad decisional la adjudicación de asuntos, casos y controversias a nombre del NEPR que puedan ser delegadas conforme a las disposiciones de este inciso. Los jueces administrativos podrán ser empleados de confianza o contratistas del NEPR. El NEPR tendrá la facultad de asignar y distribuir entre los jueces administrativos los asuntos, casos o controversias que sean delegados conforme a lo dispuesto en este inciso. El Negociado de Energía podrá, en el ejercicio de su discreción, delegar a jueces administrativos los casos y controversias relacionadas con la revisión de facturas a los clientes de servicios de energía eléctrica; los casos y controversias sobre el alegado incumplimiento de una compañía de servicio eléctrico con los reglamentos del Negociado de Energía sobre la calidad de los servicios a los clientes; los casos y controversias sobre el alegado incumplimiento de la Autoridad, su sucesora, sus subsidiarias o el contratante de la red de transmisión y distribución, y una compañía de energía o de un cliente de servicio eléctrico con sus obligaciones en relación con la interconexión de sistemas de generación distribuida o cualquier otro asunto que el NEPR disponga. El Negociado de Energía podrá delegar a sus jueces administrativos cualquier caso o controversia en que los remedios solicitados tengan un costo o valor total de veinticinco mil dólares ($25,000.00) o menos. Los jueces administrativos serán designados y desempeñarán sus funciones según lo dispuesto por las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”.

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2020 Laws of Puerto Rico

Título 22 - Obras Públicas

Capítulo 28 - Ley de Transformación y ALIVIO Energético

Subcapítulo IV - Creación, Estructura, Operación, Presupuesto y Poderes Generales del Negociado de Energía

§ 1054b. Poderes y deberes de la Comisión de Energía

§ 1054c. Jurisdicción del Negociado de Energía

§ 1054d. Organización de la Comisión de Energía

§ 1054e. Comisionados

§ 1054f. Poderes y deberes de los Comisionados

§ 1054g. Director Ejecutivo del Negociado de Energía

§ 1054h. Presidente de la Comisión de Energía

§ 1054i. Personal de la Comisión de Energía

§ 1054j. Delegación de facultades

§ 1054k. Oficina del Negociado de Energía

§ 1054l. Certificación

§ 1054m. Enmienda, suspensión y revocación de decisiones, órdenes y/o certificaciones

§ 1054n. Normas de confidencialidad

§ 1054o. Presupuestos y cargos por reglamentación

§ 1054p. Estados auditados

§ 1054q. Sistema de radicación electrónica

§ 1054r. Calendarización y celebración de vistas administrativas

§ 1054s. Disposiciones generales sobre procedimientos administrativos

§ 1054t. Obligaciones generales de las compañías de servicio eléctrico

§ 1054u. Información a presentar ante el Negociado de Energía

§ 1054v. Plan integrado de recursos

§ 1054w. Poder de investigación

§ 1054x. Revisión de tarifas de energía

§ 1054x-1. Determinación de la tarifa y revisión de cargos de transición y mecanismo de ajuste

§ 1054x-2. Mecanismos de incentivos y penalidades basados en el desempeño

§ 1054y. Normas procesales sobre resolución de conflictos con clientes

§ 1054z. Revisión de facturas sobre el servicio eléctrico y normas para la suspensión del servicio eléctrico

§ 1054aa. Servicio al cliente

§ 1054bb. Eficiencia en la generación de energía

§ 1054bb-1. Respuesta a la demanda

§ 1054bb-2. Eficiencia energética

§ 1054cc. Trasbordo de energía eléctrica

§ 1054ee. Extensión

§ 1054ff. Contratos entre compañías de servicio eléctrico

§ 1054gg. Mediación y arbitraje sobre asuntos de energía

§ 1054hh. Construcción y expansión de instalaciones de energía

§ 1054ii. Transferencias, adquisiciones, fusiones y consolidaciones de compañías de energía certificadas

§ 1054jj. Penalidades por incumplimiento

§ 1054kk. Informes anuales

§ 1054ll. Interpretación de la ley

§ 1054nn. Creación de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor

§ 1054pp. Organización de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor

§ 1054qq. Poderes y deberes de la OIPC

§ 1054rr. Presupuesto de la Oficina