2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Creación, Estructura, Operación, Presupuesto y Poderes Generales del Negociado de Energía
§ 1054f. Poderes y deberes de los Comisionados

(a) Actuar como el organismo rector del NEPR;
(b) Establecer la política general del NEPR para cumplir con los objetivos de este capítulo;
(c) Implementar la política pública y los objetivos del NEPR a tenor con este capítulo;
(d) Autorizar y fiscalizar la implementación y los resultados del plan de trabajo anual del NEPR;
(e) Formular, adoptar y enmendar reglas y reglamentos, que rijan el funcionamiento interno y el desempeño de las facultades y deberes, así como las normas necesarias para el funcionamiento, operación y administración del NEPR;
(f) Mantener registros completos de todo procedimiento ante su consideración y hacerlos disponibles al público a través del portal de Internet del NEPR;
(g) Asegurar la debida administración del presupuesto operacional del NEPR;
(h) Imponer multas administrativas dentro de los parámetros establecidos por este capítulo.
(i) Comparecer ante los tribunales, foros legislativos y administrativos en representación del NEPR;
(j) Reclutar y nombrar el personal regular y de confianza necesario para la operación y funcionamiento del NEPR, el cual se regirá por las normas y los reglamentos que promulgue el NEPR, utilizando como guía los criterios dispuestos en las secs. 1472 a 1472h del Título 3, conocidas como la “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”. No obstante, el principio de movilidad dispuesto en el inciso (4) de la sec. 1472d del Título 3, no le aplicará al personal del NEPR. El reclutamiento y nombramiento de personal no estará sujeto a la aprobación de ninguna agencia de la Rama Ejecutiva. El sistema de personal deberá organizarse de forma tal que, en las cualificaciones y descripción de funciones para los puestos, se fomente el reclutamiento de personal especializado y capacitado mediante un proceso de competencia que permita cumplir los propósitos de este capítulo. Todo proceso de reclutamiento será tramitado con el apoyo del Director Ejecutivo del Negociado.
(k) Reclutar empleados de confianza, cuya cantidad no deberá ser mayor del veinticinco (25) por ciento del número total de los puestos del NEPR. Esta limitación no le será de aplicación a los comisionados, quienes, según este capítulo, están autorizados a contratar a un (1) asistente administrativo y a una (1) persona de confianza por comisionado como asesor pericial. Los empleados de confianza serán seleccionados tomando en consideración la capacidad, preparación y experiencia profesional requeridas para asegurar un eficaz desempeño de las necesidades del puesto. Ningún empleado del NEPR, ya sea de carrera o de confianza, podrá tener parentesco con el Presidente, miembros asociados o el Director Ejecutivo de la JRSP ni con los Comisionados del NEPR y el Director Ejecutivo del NEPR, dentro de los grados dispuestos en las secs. 1854 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Ética Gubernamental de 2011”, según enmendada. Todo proceso de reclutamiento será tramitado con el apoyo del Director Ejecutivo del Negociado.

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Título 22 - Obras Públicas

Capítulo 28 - Ley de Transformación y ALIVIO Energético

Subcapítulo IV - Creación, Estructura, Operación, Presupuesto y Poderes Generales del Negociado de Energía

§ 1054b. Poderes y deberes de la Comisión de Energía

§ 1054c. Jurisdicción del Negociado de Energía

§ 1054d. Organización de la Comisión de Energía

§ 1054e. Comisionados

§ 1054f. Poderes y deberes de los Comisionados

§ 1054g. Director Ejecutivo del Negociado de Energía

§ 1054h. Presidente de la Comisión de Energía

§ 1054i. Personal de la Comisión de Energía

§ 1054j. Delegación de facultades

§ 1054k. Oficina del Negociado de Energía

§ 1054l. Certificación

§ 1054m. Enmienda, suspensión y revocación de decisiones, órdenes y/o certificaciones

§ 1054n. Normas de confidencialidad

§ 1054o. Presupuestos y cargos por reglamentación

§ 1054p. Estados auditados

§ 1054q. Sistema de radicación electrónica

§ 1054r. Calendarización y celebración de vistas administrativas

§ 1054s. Disposiciones generales sobre procedimientos administrativos

§ 1054t. Obligaciones generales de las compañías de servicio eléctrico

§ 1054u. Información a presentar ante el Negociado de Energía

§ 1054v. Plan integrado de recursos

§ 1054w. Poder de investigación

§ 1054x. Revisión de tarifas de energía

§ 1054x-1. Determinación de la tarifa y revisión de cargos de transición y mecanismo de ajuste

§ 1054x-2. Mecanismos de incentivos y penalidades basados en el desempeño

§ 1054y. Normas procesales sobre resolución de conflictos con clientes

§ 1054z. Revisión de facturas sobre el servicio eléctrico y normas para la suspensión del servicio eléctrico

§ 1054aa. Servicio al cliente

§ 1054bb. Eficiencia en la generación de energía

§ 1054bb-1. Respuesta a la demanda

§ 1054bb-2. Eficiencia energética

§ 1054cc. Trasbordo de energía eléctrica

§ 1054ee. Extensión

§ 1054ff. Contratos entre compañías de servicio eléctrico

§ 1054gg. Mediación y arbitraje sobre asuntos de energía

§ 1054hh. Construcción y expansión de instalaciones de energía

§ 1054ii. Transferencias, adquisiciones, fusiones y consolidaciones de compañías de energía certificadas

§ 1054jj. Penalidades por incumplimiento

§ 1054kk. Informes anuales

§ 1054ll. Interpretación de la ley

§ 1054nn. Creación de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor

§ 1054pp. Organización de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor

§ 1054qq. Poderes y deberes de la OIPC

§ 1054rr. Presupuesto de la Oficina