(a) Copias simples o electrónicas de los planos y especificaciones aprobados por la Junta de Planificación, ARPE, o cualquier entidad gubernamental, que por mandato de ley les sustituya en sus funciones, y/o municipio autónomo y de los permisos recibidos por cualquier otra agencia con jurisdicción en relación a un proyecto de residencias turísticas;
(b) en cuanto a lo dispuesto en el inciso (a) de esta sección, expedientes de cambios aprobados por las agencias correspondientes;
(c) libros de contabilidad que reflejen los costos reales de construcción de cada proyecto de residencias turísticas;
(d) en relación a todo proyecto de residencias turísticas desarrollado por un urbanizador turístico, copia simple o electrónica (escaneada en formato PDF o uno equivalente) de los contratos de depósito, contratos de reservación, contratos de reservación exentos, contratos de compraventa y contratos de compraventa exentos y copias simples o electrónicas (escaneados en formato PDF o uno equivalente) de las escrituras de compraventa firmados entre las partes;
(e) originales de los documentos de fianza o seguro que se le requieran a tenor con este capítulo o copias de los mismos, cuando los originales se hayan radicado en DACO o con un tercero, y
(f) récords de cuentas de depósito especiales de reserva o depósito (escrow accounts) establecidas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 161 - Ley de Residencias Turísticas de Puerto Rico
§ 6951a. Facultades del Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor
§ 6951b. Facultades del Director Ejecutivo de la Compañía de Turismo
§ 6951c. Registro de información
§ 6951d. Licencias—Disposiciones generales
§ 6951f. Aprobación o denegatoria de solicitud
§ 6951h. Contratos de reservación
§ 6951i. Contratos de compraventa
§ 6951j. Evaluación de contratos
§ 6951k. Disposiciones sobre los contratos exentos
§ 6951l. Membresías compulsorias
§ 6951m. Prácticas indeseables
§ 6951n. Anuncios y publicaciones