(a) Que cualquier persona solicite o permita que se use su nombre para solicitar cualquier poder o consentimiento o autorización en relación a cualquier valor mobiliario emitido por una compañía inscrita de inversión, en violación a los reglamentos que el Comisionado establezca para proteger el interés público.
(b) Que cualquier compañía inscrita de inversión o una persona afiliada a ella, cualquier emisor de un certificado de un fideicomiso de votación relacionado a cualquier valor mobiliario de una compañía inscrita de inversión, o cualquier suscriptor de dicho certificado, ofrezca para la venta, venda o entregue luego de venta, en relación a un ofrecimiento público, cualquier certificado de fideicomiso de votación.
(c) Que cualquier compañía inscrita de inversión compre cualquier valor mobiliario con derecho al voto si, al conocimiento de dicha compañía inscrita, hay o habrá luego de la adquisición, titularidad cruzada o circular entre la compañía inscrita y el emisor de dicho valor mobiliario. Si la existencia de titularidad cruzada o circular surge con la compra por una compañía inscrita de inversión de los valores mobiliarios de otra empresa, será el deber de dicha compañía inscrita de eliminarla dentro del periodo de un año luego de tener conocimiento de la existencia de titularidad cruzada o circular. Se entenderá que existe titularidad cruzada entre dos compañías cuando cada una de las compañías tiene es el dueño beneficiario de más del 3% de los valores mobiliarios emitidos con derecho al voto de la otra compañía. Se entenderá que hay titularidad circular entre dos compañías si están incluidas dentro de un grupo de tres o más compañías, cada una de las cuales:
(1) Es el dueño beneficiario de más del 3% de los valores mobiliarios emitidos con derecho al voto de una o más compañías del grupo, y
(2) el dueño beneficiario de más del 3% de sus propios valores mobiliarios emitidos con derecho al voto es otra compañía, o alguna combinación de dos o más compañías distintas del mismo grupo.
Las disposiciones de este inciso no se entenderán como que prohíban a una compañía inscrita de inversión a invertir en valores mobiliarios que no tengan el derecho al voto que hayan sido emitidos por otras compañías de inversión, ni en valores mobiliarios con derecho al voto emitidos por compañías de inversión donde no existe titularidad cruzada según definido en este inciso.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 33A - Ley de Compañías de Inversión de Puerto Rico de 2013
§ 691a. Tipos de compañías de inversión
§ 691b. Requisitos de inscripción
§ 691c. Proceso de inscripción
§ 691d. Inelegibilidad de algunas personas
§ 691e. Sanciones contra personas inelegibles
§ 691f. Relevo para personas inelegibles
§ 691h. Requisitos para compañías inscritas de inversión
§ 691i. Ofertas a inversionistas
§ 691j. Autorización de cambios
§ 691m. Suscriptores principales
§ 691p. Distribuciones de dividendos
§ 691t. Limitación en las distribuciones
§ 691u. Compañías de inversión de fin cerrado
§ 691v. Inversión de fin cerrado
§ 691w. Planes de reorganización
§ 691x. Informes anuales al Comisionado
§ 691y. Informes anuales a los accionistas
§ 692f. Facultad de instar acción
§ 692g. Reglamentos y determinaciones