Cualquier persona que sea inelegible por razón de las secs. 691d y 691e de este título para servir en las capacidades que se mencionan en dichos artículos, podrá solicitarle al Comisionado que lo exima de las disposiciones de esas secciones. El Comisionado podrá mediante orden conceder esa solicitud, incluyendo condiciones si lo considera prudente, si se establece que la aplicación de las secs. 691d y 691e de este título será demasiado onerosa o que la conducta de dicha persona no fue tal que estaría en contra del interés público eximirle de la aplicación de las secs. 691d y 691e de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 33A - Ley de Compañías de Inversión de Puerto Rico de 2013
§ 691a. Tipos de compañías de inversión
§ 691b. Requisitos de inscripción
§ 691c. Proceso de inscripción
§ 691d. Inelegibilidad de algunas personas
§ 691e. Sanciones contra personas inelegibles
§ 691f. Relevo para personas inelegibles
§ 691h. Requisitos para compañías inscritas de inversión
§ 691i. Ofertas a inversionistas
§ 691j. Autorización de cambios
§ 691m. Suscriptores principales
§ 691p. Distribuciones de dividendos
§ 691t. Limitación en las distribuciones
§ 691u. Compañías de inversión de fin cerrado
§ 691v. Inversión de fin cerrado
§ 691w. Planes de reorganización
§ 691x. Informes anuales al Comisionado
§ 691y. Informes anuales a los accionistas
§ 692f. Facultad de instar acción
§ 692g. Reglamentos y determinaciones