(a) Se declara que es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico fomentar la participación de la ciudadanía en el proceso de planificación de Puerto Rico.
(b) A los fines del inciso (a) de esta sección la Junta deberá promover la comprensión pública de dicho proceso, empleando aquellos medios de información que considere adecuados. Asimismo la Junta proveerá a la ciudadanía de toda aquella información necesaria que coloque a todo ciudadano en una posición de igualdad para su participación efectiva en los procesos de planificación.
(c) En adición al requisito de vista pública que este subcapítulo impone a la Junta en determinados casos, será deber de ésta ofrecer el máximo de participación posible a la ciudadanía en el proceso de planificación. A estos efectos la Junta deberá fomentar y estimular, entre otros mecanismos, Comisiones Locales y Regionales de Planificación, nombrar un Consejo Asesor de Ciudadanos, que permitan y propendan a una mayor participación de la ciudadanía en dicho proceso.
(d) La Junta tendrá poderes para actuar por su propia iniciativa o discrecionalmente, a solicitud de cualquier funcionario, organismo o ciudadano interesado. La Junta indicará, mediante reglamento, en qué forma y en cumplimiento de qué disposición de notificación previa aceptará proposiciones para su consideración. La Junta podrá aplicar todos o parte de sus poderes en todo o parte del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tal como determina su jurisdicción la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte I - Planificacion Publica
Capítulo 1A - Junta de Planificación
§ 62e. Deberes de los miembros
§ 62j. Funciones y facultades generales
§ 62k. Deberes y facultades del Presidente
§ 62k-1. Integración de funciones administrativas
§ 62l. Plan de Desarrollo Integral de Puerto Rico
§ 62l-1. Consulta de ubicación
§ 62m. Planes de Usos de Terrenos
§ 62n. Programa de Inversiones de Cuatro Años
§ 62q. Planos para proyectos especiales
§ 62r. Asesoramiento al Gobernador y a la Asamblea Legislativa
§ 62u. Preparación de planos o mapas oficiales de carreteras y calles
§ 62v. Participación ciudadana e iniciativa
§ 62z-1. Multas administrativas
§ 63f. Transferencia de funciones