2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Ley Orgánica
§ 62q. Planos para proyectos especiales

Con el fin de efectuar el Plan de Desarrollo Integral, el Programa de Inversiones de Cuatro Años y los Planes de Usos de Terrenos de Puerto Rico, o cualquier parte de los mismos, la Junta podrá adoptar proyectos, con el detalle pertinente, para unidades de vecindad; proyectos de terrenos y utilidades, nuevo desarrollo de áreas agotadas, decadentes, o en desuso; el desarrollo de poblaciones industriales; distritos sanitarios, distritos de avenamiento; distritos de terrenos saneados; distritos de conservación de suelos; distritos de abastecimiento de agua; distritos de fuerza hidráulica; distritos de riego; u otros tipos o clases de distritos para fines especiales.