2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Refinanciamiento de las Deudas de Entidades Gubernamentales
§ 607b-2. Adelantos, compromisos y/o préstamos que podrán ser formalizados, reestructurados y/o refinanciados

Los adelantos, compromisos, obligaciones y/o préstamos que podrán ser formalizados, reestructurados y/o refinanciados bajo las disposiciones de la sec. 607b-1 de este título, y las cantidades estimadas de los mismos al 31 de diciembre de 2013, incluyendo intereses acumulados por pagar hasta esa fecha, serán aquellos adelantos, compromisos, obligaciones y/o préstamos que acuerden el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico y la Oficina de Gerencia y Presupuesto, hasta un máximo agregado de quinientos millones (500,000,000) de dólares en principal, intereses y cualquier otro pago que permite la sec. 607b-1 de este título.