Todo vehículo de motor que transite por las vías públicas, excepto que otra cosa disponga el Secretario mediante reglamento, deberá estar provisto con ruedas de goma infladas con aire.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 9 - Carreteras y Tránsito
Capítulo 27 - Ley de Vehículos y Tránsito del 2000
Subcapítulo XIV - Disposiciones sobre Equipo de Vehículos de Motor
§ 5403. Efectividad de los frenos
§ 5404. Alumbrado requerido a los vehículos
§ 5408. Luces adicionales requeridas en ciertos vehículos
§ 5411. Alumbrado en otros vehículos
§ 5412. Luces intermitentes o de colores
§ 5415. Sistema amortiguador de sonido y aceleramiento del motor
§ 5416. Parabrisas y aparatos para limpiarlo (windshield wipers)
§ 5418. Equipo adicional para grúas