Sign in
Login with Google
or
Register | Forgot your password?
Already have an account?
By creating an account, you accept the terms of the User Agreement and the terms of the Privacy Policy.
Remembered the password?
INSTALAWYER.IOAsk a Question

    Ask a question on the site

    Questions

    Lawyers

    Blogs

    Legislation

    Contacts

    Become a lawyer

    Login Registration

    • Ask a Question
    • Questions
    • Lawyers
    • Blogs
    • Legislation
    • Become a lawyer
    • Login
    • Legislation USA
    • 2020 Laws of Puerto Rico
    • Título 25 - Seguridad Interna
    • Subtítulo 3 - Seguridad en General
    • Parte I - Proteccion y Vigilancia
    • Capítulo 335 - Ley del Departamento de Seguridad Pública
    • Subcapítulo II - Negociado de la Policía de Puerto Rico
    • § 3537. Miembros del Negociado de la Policía; Ingreso y Reingreso

    2020 Laws of Puerto Rico
    Subcapítulo II - Negociado de la Policía de Puerto Rico
    § 3537. Miembros del Negociado de la Policía; Ingreso y Reingreso

    El Secretario establecerá, mediante reglamento, los requisitos de ingreso y reingreso de todo miembro del Negociado de la Policía y tendrá la autoridad para entender en dichos asuntos.

    << Previous
    Next >>

    Structure 2020 Laws of Puerto Rico

    2020 Laws of Puerto Rico

    Título 25 - Seguridad Interna

    Subtítulo 3 - Seguridad en General

    Parte I - Proteccion y Vigilancia

    Capítulo 335 - Ley del Departamento de Seguridad Pública

    Subcapítulo II - Negociado de la Policía de Puerto Rico

    § 3531. Negociado de la Policía de Puerto Rico; Creación y Propósito

    § 3533. Definiciones

    § 3534. Comisionado del Negociado; facultades y deberes

    § 3535. Comisionado Asociado del Negociado; Facultades y Deberes

    § 3536. Comisionados Auxiliares

    § 3537. Miembros del Negociado de la Policía; Ingreso y Reingreso

    § 3539. Jornada de trabajo

    § 3541. Rangos

    § 3542. Prohibición para organizar otros cuerpos de Policía

    § 3543. Agentes del Negociado de la Policía de Puerto Rico; facultades

    § 3545. Agentes Especiales

    § 3546. Protección al Gobernador, Secretario, Funcionarios y Ex-funcionarios

    § 3547. Reservistas

    § 3549. Normas aplicables a determinadas gestiones de miembros de la Policía

    § 3551a. Unidad de Código de Orden Público; creación, facultades, funciones, deberes y responsabilidades

    InstaLawyer.io

    About us

    Contacts

    Copyright

    Customer Protection Policy

    Client

    Ask a Question

    Request a call

    Our lawyers

    Questions

    FAQ

    Lawyer

    Become a project lawyer

    FAQ for lawyers

    License agreement

    Contact us

    [email protected]

    Facebook


    © InstaLawyer 2018-2025 All rights reserved