2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Negociado de la Policía de Puerto Rico
§ 3533. Definiciones

(a) Comisionado o Comisionado de la Policía de Puerto Rico.— Significa el Comisionado del Negociado de la Policía del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico.
(b) Comisionado Asociado.— Significa la persona nombrada por el Comisionado del Negociado de la Policía, con el consentimiento del Secretario quien, bajo su dirección, le asistirá en sus funciones de supervisar el Negociado de la Policía.
(c) Comisionado Auxiliar.— Significa el empleado designado por el Comisionado para dirigir alguna de las Jefaturas del Negociado.
(d) Negociado o Negociado de la Policía de Puerto Rico.— Significa el Negociado de la Policía del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico.
(e) Plan AMBER.— Significa la alerta estatal para atender casos de emergencia relacionados con el secuestro de un menor.
(f) Plan SILVER.— Significa la alerta estatal para atender casos de personas desaparecidas que tengan impedimentos cognoscitivos.
(g) Plan Mayra Elías.— Significa la alerta estatal que se emite para notificar la localización de un accidente tipo “hit and run” y aquel detalle necesario que permita a la ciudadanía proveer información para lograr el arresto del causante.
(h) Plan ROSA.— Significa el Plan para atender casos de mujeres de dieciocho (18) años o más, que se sospechan desaparecidas o secuestradas.