2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 106 - Junta Examinadora de Tecnólogos Radiológicos en Imágenes de Diagnóstico y Tratamiento
§ 3365. Licencia—Examen

(a) El examen de reválida consta de dos (2) partes:
(1) Teórico
(2) Práctico
(b) La prueba teórica del examen deberá ser escrita y contará cincuenta por ciento (50%) del área cognoscitiva curricular de la especialidad del solicitante.
(c) La prueba práctica consistirá de un examen práctico en un hospital o laboratorio que provea las facilidades del equipo necesario de acuerdo a la solicitud de licencia requerida por los aspirantes. La prueba práctica contará cincuenta por ciento (50%) del valor total del examen.
(d) La Junta adoptará mediante reglamento los mecanismos necesarios que garanticen a los aspirantes que no aprueban una o ambas partes de la reválida el derecho a examinar su hoja de contestaciones, a recibir el desglose de la puntuación y a solicitar la reconsideración de la calificación de su examen.