2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 106 - Junta Examinadora de Tecnólogos Radiológicos en Imágenes de Diagnóstico y Tratamiento
§ 3353. Junta—Creación

Se crea la Junta Examinadora de Tecnólogos Radiológicos en Imágenes de Diagnóstico y Tratamiento de Puerto Rico. El gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico nombrará los miembros de la Junta, la cual se compondrá de siete (7) miembros, a saber: dos (2) tecnólogos radiológicos, uno (1) en general y uno (1) en radioterapia; un (1) tecnólogo vascular; un (1) tecnólogo en resonancia magnética; un (1) tecnólogo en tomografía computadorizada; un (1) tecnólogo en densitometría ósea; y un (1) tecnólogo radiológico en mamografía. Los miembros de la Junta servirán por un término no mayor de cuatro (4) años.