(a) La ACT someterá dentro del periodo de cuarenta y cinco (45) días luego de la aprobación de esta ley a cada Cuerpo de la Asamblea Legislativa y al Gobernador un Plan de Mejoras Públicas y Permanentes de las Carreteras, Puentes y Vías Públicas (el “Plan”) que incluirá lo siguiente:
(1) Desglose de los proyectos por localización a desarrollarse, incluyendo costos.
(2) Tiempo promedio de los proyectos a desarrollar.
(b) La Asamblea Legislativa evaluará los proyectos contemplados en el Plan y podrá recomendar mediante Resolución Conjunta a esos efectos, modificaciones que se entiendan necesarias conforme a la política pública recogida en las secs. 2022 a 2034 de este título dentro de un término de sesenta (60) días a partir de la fecha en que se someta el mismo ante la consideración de la Asamblea Legislativa.
(c) Se autoriza al Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico a otorgar un adelanto a la Autoridad de Carreteras y Transportación hasta un máximo de cincuenta millones de dólares ($50,000,000) en o antes del 15 de abril de 2015 para financiar las obras de mejoras públicas y permanentes contempladas en el Plan, conforme a los términos acordados entre el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico y la Autoridad de Carreteras y Transportación. Este adelanto podrá tener como fuente de repago, de los mismos ser suficientes, los ingresos futuros de la Autoridad de Carreteras y Transportación; no obstante lo anterior, dicho adelanto podrá, por acuerdo entre la Autoridad de Carreteras y Transportación y la Autoridad de Financiamiento de la Infraestructura, ser asumido por la Autoridad de Financiamiento de la Infraestructura y ser considerado como deuda transferida, según dicho término se define en la sec. 1923 del Título 3.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 9 - Carreteras y Tránsito
Capítulo 15 - Autoridad de Carreteras
§ 2004b. Peaje, cargo o portazgo
§ 2004c. Requisitos y condiciones aplicables a la entidad privada
§ 2004d. Representante del interés público
§ 2004f. Junta de Adjudicaciones
§ 2005. Obras públicas—Coordinación, Distritos Especiales de Desarrollo
§ 2007. Funcionarios y empleados
§ 2009. Adquisición de propiedad por el E.L.A. para la Autoridad
§ 2010. Traspaso de fondos y propiedades
§ 2011. Contratos de construcción, operación y compra
§ 2012a. Definiciones y gravámenes y prendas sobre los ingresos gravados
§ 2013. Remedios de los tenedores de bonos
§ 2015. L.A. y sus subdivisiones políticas no serán responsables por los bonos
§ 2016. Bonos serán inversiones legales para los fiduciarios y garantía para depósitos
§ 2017. Exención de contribuciones
§ 2018. Declaración de utilidad pública
§ 2019. Convenio del Gobierno Estatal
§ 2020a. Junta de Directores de la Autoridad
§ 2022. Declaración de propósitos
§ 2023. Estudio de viabilidad fiscal y operacional
§ 2024. Acuerdo de Mejoramiento para la ACT y/o la ATI
§ 2025. Emergencia Fiscal en la ACT y/o en la ATI
§ 2027. Plan Fiscal y Operacional para la ACT y/o la ATI
§ 2028. Informes mensuales del Oficial de Emergencia
§ 2029. Reestructuración y recuperación de la ACT y/o de la ATI
§ 2030. Aplicación de las secs. 111 et seq. del Título 13 para la ACT y/o para la ATI
§ 2032. Responsabilidades del Secretario o Director