2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 7 - Lotería de Puerto Rico
§ 127d. Valores y objetos; confiscación

Todos los valores y objetos ofrecidos en venta o para su reparto en contravención de cualquiera de las disposiciones de las secs. 111 a 127e de este título, serán confiscados a beneficio del Gobierno Estatal, pudiendo reclamarse en juicio, mediante denuncia presentada o proceso promovido por el Secretario de Justicia o cualquier fiscal, a nombre del Pueblo de Puerto Rico. Al presentarse la denuncia, se decretará el embargo de los bienes u objetos mencionados en la denuncia, y se seguirá el procedimiento establecido en la Ley Uniforme de Confiscaciones.