Por la presente se autoriza al Secretario de Hacienda a dictar, con la aprobación del gobernador de Puerto Rico, aquellas reglas y reglamentos que sean necesarios para hacer efectivas las disposiciones de las secs. 111 a 127e de este título y dichos reglamentos, una vez promulgados en la forma que determine el Secretario de Hacienda, tendrá efecto de ley; Disponiéndose, sin embargo, que mientras no se promulguen dichas reglas y reglamentos, se aplicarán, en tanto no estén en conflicto con la presente, los reglamentos ahora vigentes aprobados por el Consejo Ejecutivo para la operación de la Lotería de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
Capítulo 7 - Lotería de Puerto Rico
§ 112. Emisión de billetes; distribución
§ 113. Reglamentación de billetes y sorteos
§ 115. Licencia; nombramientos de agentes, identificación
§ 115a. Licencias; concesión, renovación, suspensión y cancelación
§ 115b. Incautación de billetes; procedimiento
§ 116. Requisitos para ser agente
§ 117. Fijación de precio máximo
§ 118. Sorteos; método para celebrarlos
§ 119. Junta de Sorteo, requisitos
§ 121. Fondo de la Lotería—Creación
§ 123. Falsificación de billetes de la Lotería
§ 123a. Evidencia de la intención de defraudar
§ 125. Premios exentos de contribuciones
§ 127a. Ayudar a establecer una lotería
§ 127b. Establecer una oficina de lotería
§ 127c. Compensación por asegurar el resultado
§ 127d. Valores y objetos; confiscación
§ 127e. Arrendar edificio para establecer lotería
§ 128. Toma de juramentos por el personal del Negociado de la Lotería