(a) Un confirmador está directamente obligado con una carta de crédito y tendrá los derechos y obligaciones de un emisor hasta el alcance de la confirmación. El confirmador también tendrá los derechos en contra y las obligaciones del emisor como si el emisor fuese un solicitante y el confirmador haya emitido la carta de crédito a solicitud y por cuenta del emisor.
(b) Una persona designada que no sea un confirmador, no está obligada a atender o de otra forma dar valor por la presentación.
(c) Una persona solicitada a avisar podrá declinar a actuar como avisador. Un avisador que no es un confirmador, no está obligado a atender o dar valor por la presentación. Un avisador garantiza al emisor y al beneficiario que avisará precisamente los términos de la carta de crédito, confirmación, enmienda o aviso recibido por esa persona y garantiza al beneficiario la verificación de aparente autenticidad de la solicitud de aviso. Aun cuando el aviso no es preciso, la carta de crédito, confirmación, o enmienda es ejecutable como fue emitida.
(d) Una persona que notifica a un beneficiario cesionario de los términos de una carta de crédito confirmación, enmienda, o aviso tendrá los derechos y las obligaciones de un avisador bajo el inciso (c) de esta sección. Los términos en la notificación al beneficiario cesionario podrán ser distintos de los términos en cualquier notificación al beneficiario cedente en la medida que esté permitido en la carta de crédito, confirmación, enmienda, o aviso recibido por la persona que lo notifica.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 19 - Instrumentos Negociables
Subtítulo 2 - Transacciones Comerciales
Capítulo 49 - Cartas de Crédito
§ 1225. Emisión, enmienda, cancelación y duración
§ 1226. Confirmador, persona designada y avisador
§ 1227. Derechos y obligaciones del emisor
§ 1228. Fraude y falsificación
§ 1231. Cesión de cartas de crédito
§ 1232. Cesión por operación de ley
§ 1235. Selección de derecho y foro
§ 1236. Subrogación del emisor, solicitante y persona designada
§ 1237. Garantias mobiliarias de un emisor o persona nominada