Se crea un Comité Ejecutivo del CERFE-PR, compuesto por el Subsecretario de Asuntos Académicos del Departamento, quien lo presidirá; tres (3) Directores de Educación de las universidades que formen parte del CERFE-PR, seleccionados entre sus pares, estableciendo que al menos uno (1) será de la Universidad de Puerto Rico; el Presidente de la Comisión con jurisdicción primaria en Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico; el Presidente de la Comisión con jurisdicción primaria en Educación del Senado de Puerto Rico; y un (1) exsecretario del Departamento, escogido entre sus pares.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 133 - Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico
Subcapítulo II - Sistema de Educación Pública
§ 9802a. Secretario de Educación
§ 9802b. Nombramiento de Secretario de Educación
§ 9802c. Deberes y responsabilidades del Secretario de Educación
§ 9802f. Superintendente de la Oficina Regional Educativa
§ 9802g. Deberes y responsabilidades del Superintendente de la Oficina Regional Educativa
§ 9802i. Deberes y responsabilidades del Director de Escuela
§ 9802k. Deberes y responsabilidades del maestro
§ 9802l. Derechos de los maestros
§ 9802n. Incentivos para la retención de maestros de difícil reclutamiento
§ 9802o. Preparación de maestros
§ 9802p. Aspirantes a maestros—Examen
§ 9802q. Exención de embargo y ejecuciones