2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 63 - Drogas en General
§ 945. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Vigilancia de cumplimiento

(a) El Secretario de Salud tendrá la obligación y la responsabilidad de vigilar la observancia de las secs. 930 a 949 de este título e informar al Secretario de Justicia de las violaciones que lleguen a su conocimiento.
(b) El Secretario de Justicia tramitará y sostendrá ante el tribunal todos los casos de violaciones de las secs. 930 a 949 de este título.
(c) Todos los casos criminales que se presenten al amparo de las secs. 930 a 949 de este título se verán por tribunal de derecho ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 24 - Salud y Sanidad

Parte III - Alimentos, Drogas y Cosmeticos

Capítulo 63 - Drogas en General

§ 921. Venta de tuberculina—Definiciones

§ 922. Venta de tuberculina—Registro en Departamento de Salud

§ 923. Venta de tuberculina—Informes sobre ventas y existencias

§ 924. Venta de tuberculina—Declaración de importación

§ 925. Venta de tuberculina—Venta libre, prohibida

§ 926. Venta de tuberculina—Permiso para compra

§ 927. Venta de tuberculina—Inspección de fábricas, almacenes, libros

§ 928. Venta de tuberculina—Reglamentación

§ 929. Venta de tuberculina—Penalidades

§ 930. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Título corto

§ 931. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Definiciones

§ 932. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Venta de compuestos que no tienen efectos hipnóticos

§ 933. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Venta de barbituratos y drogas peligrosas

§ 934. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Receta o prescripción médica, requisitos

§ 935. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Rotulación de envases

§ 936. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Reglamentación para la venta de antibióticos

§ 937. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Despacho y copias de recetas

§ 938. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Inventario y récords por establecimientos de farmacia

§ 939. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Inventario y récords por fabricantes, vendedores, etc.

§ 940. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Récords por hospitales

§ 941. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Título de los barbitúricos y de las drogas peligrosas

§ 942. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Ventas a farmacias y profesionales

§ 943. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Posesión en envase original

§ 944. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Uso de nombre ficticio, dirección falsa

§ 945. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Vigilancia de cumplimiento

§ 946. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Aprobación y revisión judicial del reglamento

§ 947. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Delitos y penalidades

§ 948. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Multas administrativas

§ 949. Barbitúricos y otras drogas peligrosas—Despacho de drogas

§ 950. Cartel informativo sobre esteroides anabólicos

§ 950a. Prohibiciones

§ 950b. Advertencia en las etiquetas

§ 950c. Departamento de Asuntos del Consumidor; facultades

§ 950d. Penalidades