2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 62 - Ley de Viajes Estudiantiles
§ 921d. Director

Las funciones administrativas del Programa las desempeñará el Director de la Oficina de Asuntos de la Juventud o la autoridad ejecutiva correspondiente a aquella entidad que asumiere sus funciones. El Director tendrá todos los poderes, facultades, atribuciones y prerrogativas inherentes a su cargo.