Todo promotor de boxeo debidamente registrado para hacer negocios en Puerto Rico y aquellos que lo hagan con posterioridad a la vigencia de esta ley habrán de hacer una aportación inicial de mil dólares ($1,000) al Fondo Especial para obtener sus licencias así como harán una aportación de quinientos dólares ($500) anuales al momento de su renovación. En adición, cada promotor deberá retener el punto cero cinco por ciento (0.05%) de la bolsa neta de cada boxeador que participa en una pelea de boxeo en Puerto Rico y lo remitirá íntegramente a la Junta de Fiduciarios en un período no mayor de cinco (5) días luego de celebrado el combate de dicho boxeador al Fondo Especial. El incumplimiento del promotor de este requisito conllevará una penalidad de diez por ciento (10%) mensual hasta su total y completo pago. La Comisión de Boxeo de Puerto Rico velará por el fiel cumplimiento de esta sección.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico