2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 42 - Fondo Especial Permanente para Ex Boxeadores
§ 906. Requisitos

(a) Que el ex boxeador elegible tenga condiciones mentales que requieran de tratamiento sicológico o siquiátrico no cubierto por plan médico privado o del estado y que el ex boxeador no pueda sufragar.
(b) Que el ex boxeador elegible tenga problemas económicos de tal naturaleza que no le permitan realizar los pagos necesarios para mantener su vivienda y sufragar el costo de sus necesidades de vida más básicas.
(c) Que el ex boxeador elegible necesite ayuda económica en la litigación de casos legales meritorios, de naturaleza civiles-contractuales, siempre que cualifique por no tener medios de fortuna para sufragarlos.
(d) Que el ex boxeador elegible necesite ayuda económica en la litigación de casos legales meritorios, de naturaleza civiles-contractuales, siempre que cualifique por no tener medios de fortuna para sufragarlos.
(e) Que el boxeador elegible necesite ayuda para rehabilitarse de problemas de adicción a drogas o alcoholismo habitual, siempre que éste no pueda pagarlos por carecer de medios económicos suficientes.
(f) Otras situaciones, cuyas circunstancias sean evaluadas y se determine que son meritorias.