2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VI - Organización de los Comités de Acción Política y Otros
§ 626f. Vacantes en el cargo de tesorero de comités de campaña

(a) Notificar al Contralor Electoral dentro de los quince (15) días siguientes a que ocurra la vacante.
(b) Asumir los deberes del cargo de tesorero, si el comité no tenía un sub tesorero.
(c) Llenar la vacante de tesorero y notificar al Contralor Electoral la información requerida en relación al tesorero en la declaración de organización del comité dentro de los quince (15) días laborables siguientes al nombramiento.
(d) Un tesorero sucesor no será responsable de la veracidad y corrección de los récords de su antecesor.