2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 27 - Junta Examinadora de Optómetras
§ 544v. Competencia profesional

(a) Para asegurar el examen adecuado de un paciente en manos de un optómetra u optómetra certificado, éste efectuará las pruebas que entienda necesarias para garantizar el bienestar visual del paciente.
(b) La evaluación inicial para el uso de lentes de contacto incluirá además:
(1) Queratometría.
(2) Medida del diámetro corneal.
(3) Biomicroscopía con lámpara de hendidura.
(c) Toda receta para espejuelos deberá incluir; nombre, apellidos, número de licencia o certificación del doctor en letra de molde, nombre y apellidos del paciente, fecha, corrección dióptrica para cada ojo, tanto de lejos como de cerca, distancia pupilar, información adicional sobre el tipo de lente recomendado, tintes o tratamientos especiales y la firma del optómetra u optómetra certificado.
(d) Un optómetra u optómetra certificado no deberá llevar a cabo ninguna técnica, función o modo de tratamiento para el cual no pueda dar fe de su competencia profesional la cual debe adquirir mediante educación formal, adiestramiento supervisado y experiencia en programas de educación continua.

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2020 Laws of Puerto Rico

Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales

Capítulo 27 - Junta Examinadora de Optómetras

§ 544. Disposiciones generales—Definiciones

§ 544a. Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico—Creación

§ 544b. Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico—Cualificaciones de los miembros

§ 544c. Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico—Sesiones

§ 544d. Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico—Facultades y deberes

§ 544e. Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico—Cancelación de licencias

§ 544f. Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico—Endoso de licencia

§ 544g. Junta Examinadora de Optómetras de Puerto Rico—Derechos

§ 544h. Requisitos para la admisión a la profesión de optómetra u optómetra certificado—Licencia y certificaciones adicionales

§ 544i. Requisitos para la admisión a la profesión de optómetra u optómetra certificado—Requisitos para obtener licencia, certificación o examen

§ 544j. Requisitos para la admisión a la profesión de optómetra u optómetra certificado—Certificación para el uso de ciclopéjicos y anestesia tópica para fines refractivos

§ 544l. Registro y recertificación de la licencia

§ 544m. Recertificación luego de abandonar el servicio militar o federal

§ 544n. Licencias extraviadas

§ 544o. Publicación de licencias y certificados

§ 544p. Actualización del registro de licencias

§ 544q. Uso de agentes farmacológicos

§ 544r. Despacho de recetas

§ 544t. Anuncios

§ 544u. Prohibiciones generales al control del ejercicio de la optometría

§ 544v. Competencia profesional

§ 544x. Práctica ilegal de la optometría u optometría certificada; sanciones penales

§ 544y. Código de Etica