2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 312 - Ley de Transacciones Electrónicas
§ 4093. Transacciones automatizadas

(1) Un contrato podrá formalizarse mediante la interacción de agentes electrónicos de las partes, aún cuando ninguna persona individual posea conocimiento o revise las actuaciones de los agentes electrónicos o los términos y condiciones resultantes de la transacción.
(2) Un contrato podrá formalizarse mediante la interacción de un agente electrónico y una persona individual, actuando por sí o en representación de otra persona, incluyendo mediante una interacción en que el individuo ejecute acciones que tiene plena libertad de negarse a ejecutar, y que el individuo conozca o deba conocer resultarán en que el agente electrónico formalice la transacción.
(3) Los términos del contrato resultante se determinarán de conformidad con el derecho sustantivo aplicable a dicho contrato.