2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 20 - Control de la Contaminación Atmosférica
§ 341m. Confidencialidad de documentos

Los documentos o información que suministren al Secretario los dueños o administradores de fuentes contaminadoras del aire que se relacionen con la producción o procesos de producción, con datos sobre volumen de ventas, o que puedan afectar adversamente la posición competitiva de tal dueño o administrador, serán sólo para uso confidencial del Secretario, a menos que el dueño o administrador, consienta expresamente a que la misma se publique o se ponga a disposición del público. Ello no se entenderá como que impide el uso de tales documentos o información por el Secretario a los fines de compilar o publicar análisis o resúmenes relacionados con la condición general de la atmósfera siempre y cuando que los mismos no se identifiquen ni puedan identificarse con un dueño o administrador en particular.