2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 24 - Ley de Protección Social por Accidentes de Vehículos de Motor
§ 3176. Penalidades

(a) Presente información falsa en una reclamación de servicios y beneficios provistos por este capítulo, o
(b) presente, ayude o hiciere presentar una reclamación fraudulenta para el pago de un servicio o beneficio provistos por este capítulo, o
(c) presente más de una reclamación por un daño o pérdida ante la Administración, o
(d) preste declaraciones falsas ante la Administración.