2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 151 - Ley de Menores
§ 2207. Registros y allanamientos

El menor estará protegido contra registros, incautaciones y allanamientos irrazonables. Sólo se expedirá mandamiento judicial autorizando un registro o allanamiento contra un menor cuando exista causa probable apoyada en juramento o afirmación, y describiendo particularmente a la persona o el lugar a ser registrado y las cosas a ocuparse.