2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 93 - Sitios y Recursos Arqueológicos Subacuáticos
§ 1516. Violaciones; efectos

En los casos de violación a las disposiciones de este capítulo o de cualquier otra ley aplicable o de sus reglamentos, el Consejo podrá decretar la denegación, suspensión o revocación de un permiso solicitado u otorgado a tenor con este capítulo previa notificación al peticionario o al tenedor del permiso, según sea el caso, con un escrito que contenga los fundamentos o razones que justifican tal decisión.