2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Disposiciones de Naturaleza Civil de Aplicación General
§ 1326. Tribunal no apropiado

Si un tribunal de Puerto Rico que no sea uno apropiado al amparo de este capítulo, recibe una petición o reclamación comparable, la remitirá junto con los documentos que la acompañen al tribunal apropiado de Puerto Rico o de otro estado, y notificará al peticionario el lugar y la fecha en que envió los documentos.