2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 603 - Ley Reguladora de los Administradores de Beneficios y Servicios de Farmacia
§ 12048. Disposiciones sobre movilidad y traslado de empleados

Al amparo del concepto de empleador único, establecido en las secs. 1469 et seq. del Título 3, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, el Comisionado Regulador podrá reclutar internamente personal que tenga el peritaje necesario para propiciar el cumplimiento con las disposiciones de este capítulo. De efectuarse el reclutamiento interno de personal este o cualquier otro organismo gubernamental debe hacerse sin menoscabar los servicios que ofrecen estos organismos.