(a) Sujeto a las disposiciones de esta sección la Junta podrá, de tiempo en tiempo, autorizar que el Fideicomiso tome dinero a préstamo pero sin enajenar el bien constituido por la Casa Olímpica cuando solo podrá hacerlo contra ingresos y no contra el C.O.P.U.R. En lo que se refiere a los demás bienes del Fondo podrá tomar dinero a préstamo bajo aquellos términos y condiciones, incluyendo hipotecas, que la Junta considere apropiados.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
Subtítulo 2 - Deporte Olímpico
§ 1155. Junta de Fiduciarios—Reuniones
§ 1156. Junta de Fiduciarios—Vacantes
§ 1157. Junta de Fiduciarios—Cualificaciones de miembros
§ 1158. Junta de Fiduciarios—Destitución de miembros
§ 1159. Junta de Fiduciarios—Funcionamiento
§ 1161. Junta de Fiduciarios—Presidente; elección
§ 1162. Junta de Fiduciarios—Votaciones
§ 1163. Junta de Fiduciarios—Reglas; estipendios
§ 1164. Junta de Fiduciarios—Conflicto de interés
§ 1165. Junta de Fiduciarios—Director Ejecutivo
§ 1167. Dinero a préstamo; autorización