El capital inicial del Fideicomiso constará de los terrenos y estructuras donde ubicaban las facilidades de la antigua Y.M.C.A. sita en San Juan, Puerto Rico propiedad de la Administración de Terrenos y cuyo título se traspasará al Fideicomiso Olímpico el costo del cual será satisfecho mediante asignaciones anuales que provendrán del Fondo General. El Fideicomiso Olímpico se nutrirá, además, de aquellos otros fondos o propiedades que posteriormente el Comité Olímpico le ceda, venda o done para beneficio del Fideicomiso; y de aquellas otras cantidades que sean, de tiempo en tiempo, donadas o cedidas al Fideicomiso Olímpico por cualquier persona natural o jurídica o por los gobiernos de Estados Unidos y del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
Subtítulo 2 - Deporte Olímpico
§ 1155. Junta de Fiduciarios—Reuniones
§ 1156. Junta de Fiduciarios—Vacantes
§ 1157. Junta de Fiduciarios—Cualificaciones de miembros
§ 1158. Junta de Fiduciarios—Destitución de miembros
§ 1159. Junta de Fiduciarios—Funcionamiento
§ 1161. Junta de Fiduciarios—Presidente; elección
§ 1162. Junta de Fiduciarios—Votaciones
§ 1163. Junta de Fiduciarios—Reglas; estipendios
§ 1164. Junta de Fiduciarios—Conflicto de interés
§ 1165. Junta de Fiduciarios—Director Ejecutivo
§ 1167. Dinero a préstamo; autorización