(A) A iniciativa del tribunal.— El Tribunal de Apelaciones podrá motu proprio solicitar la comparecencia de una persona o entidad como amicus curiae en cualquier momento y en cualquier caso ante su consideración.
(B) A petición de parte.—
(1) El escrito de comparecencia como amicus curiae en cualesquiera de los recursos ante la consideración del Tribunal de Apelaciones podrá presentarse con el consentimiento escrito de todas las partes en el pleito. Deberá presentarse dentro del término prescrito en estas reglas para el recurso de que se trate.
(2) El alegato de amicus curiae en un caso ante el Tribunal de Apelaciones señalado para vista oral podrá presentarse cuando estuviere acompañado del consentimiento por escrito de todas las partes en el caso, dentro del término concedido para la presentación del alegato de la parte apoyada y, si no fuere en apoyo de alguna de las partes, dentro del término concedido para la presentación del alegato de la parte apelante o peticionaria.
(C) Sin la anuencia de las partes.— Una moción de comparecencia de amicus curiae podrá presentarse acompañada de su alegato dentro del término prescrito en estas reglas para el recurso de que se trate. La moción expondrá en forma concisa la naturaleza del interés de la persona solicitante, relacionará los hechos o asuntos de derecho y su pertinencia para la solución del caso. En ningún caso dicha moción podrá exceder de cinco (5) páginas. Cualquier parte notificada de dicha moción podrá presentar oportunamente su objeción a la misma exponiendo brevemente las razones para rehusar dar su consentimiento.
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Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXII-B. Reglamento del Tribunal de Apelaciones (2004)
Parte VIII - Reglas Aplicables a Todos los Recursos
Regla 69. Firma de las alegaciones, mociones y otros escritos; sanciones
Regla 70. Forma de los escritos; copias
Regla 72. Plazos para presentar escritos; prórrogas
Regla 73. Alegatos de la parte apelada, recurrida o interventora
Regla 76. Transcripción de la prueba oral en recursos de apelación y certiorari
Regla 76.1. Exposición estipulada y exposición narrativa
Regla 79. Ordenes en auxilio de jurisdicción
Regla 80. Vistas orales, sesiones e informes
Regla 80.1. Recursos consolidados
Regla 81. Comparecencia como amicus curiae
Regla 82. Sustitución de partes
Regla 83. Desistimiento y desestimación
Regla 83.1. Dictamen sin fundamentos adecuados
Regla 84. Moción de reconsideración; mandatos
Regla 87. Disposiciones diversas