2020 Laws of Puerto Rico
II. PROCEDIMIENTOS PRELIMINARES
Regla 12. Arresto por persona particular

(a) Por un delito cometido o que se hubiere intentado cometer en su presencia. En este caso deberá hacerse el arresto inmediatamente.
(b) Cuando en realidad se hubiere cometido un delito grave (felony) y dicha persona tuviere motivos fundados para creer que la persona arrestada lo cometió.