(a) Derechos de los aspirantes suspendidos.— Todo aspirante suspendido en el examen de reválida tendrá derecho a:
(1) Examinar sus contestaciones a las preguntas de discusión.
(2) Ver y examinar las directrices de calificación.
(3) Obtener copia certificada de sus contestaciones a las preguntas de discusión del examen y copia de las directrices de calificación.
(b) Solicitud de reconsideración.— La solicitud de reconsideración deberá presentarse, por escrito, en papel tamaño legal, a doble espacio, en la forma y con el número de copias que disponga el Director Ejecutivo. El Director Ejecutivo podrá disponer, además, cualquier otro requisito que sea necesario o conveniente para llevar a cabo el procedimiento de reconsideración. Asimismo, el Director Ejecutivo podrá rechazar de oficio cualquier solicitud que no cumpla con los requisitos o el procedimiento dispuesto por esta regla o por él, pero, en tal caso, deberá consignar por escrito los fundamentos de su decisión. Toda solicitud de reconsideración vendrá acompañada de un sobre predirigido y de franqueo suficiente en sellos adheridos al sobre.
(c) Procedimiento de reconsideración en la Junta.— Presentada la solicitud de reconsideración, un comité de revisión compuesto por no menos de tres (3) miembros de la Junta designados por su Presidente, la considerará y someterá su recomendación a la Junta. No obstante, las solicitudes de reconsideración podrán ser atendidas directamente por la Junta en pleno cuando su Presidente o el Director Ejecutivo lo estime conveniente o necesario.
(d) Revisión por el tribunal.— Las decisiones de la Junta serán finales, excepto que podrán ser revisadas discrecionalmente por el tribunal, mediante petición presentada dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la decisión de la Junta.
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Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
VII-B. Reglamento de la Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía (1983)
Regla 3. Información general sobre los exámenes de reválida
Regla 4. Preparación del examen de reválida
Regla 5. Administración del examen
Regla 6.0. Corrección del examen—Discusión
Regla 6.1. Corrección del examen—Selección múltiple
Regla 7. Examen sobre Derecho Notarial
Regla 8. Notificación al tribunal
Regla 9. Notificación a los aspirantes
Regla 10. Reconsideración y revisión
Regla 11. Notificación a la Comisión de Reputación
Regla 12. Ceremonia de juramento
Regla 13. Disposición de libretas de contestaciones
Regla 14.0. Informes estadísticos
Regla 14.1. Listas con los resultados de reválida