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§ 36. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Inversión de balances pertenecientes a varios fondos en bonos estaduales, municipales y federales; fondos de inversiones; Fondo de Intereses sobre Inversiones - Por la presente se autoriza asimismo al Secretario de Hacienda...
§ 38. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Préstamos como anticipos de contribuciones para el pago de principal e intereses de la deuda pública; certificados de deuda; diferencia será pagada de fondos generales - El Secretario de Hacienda de Puerto Rico queda por la...
§ 39. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Venta de inversiones y préstamos con garantía de éstas - El Secretario de Hacienda de Puerto Rico queda facultado y...
§ 40. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Principal e intereses, forma y sitio de pago; exención contributiva - Tanto el principal como los intereses que devenguen los bonos...
§ 41. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Recursos para el pago de bonos y certificados de deuda - Por la presente queda irrevocablemente empeñada la buena fe del...
§ 42. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Derechos y obligaciones no serán menoscabados; fondos suficientes, requeridos - Nada de lo contenido en las secs. 35 a 43...
§ 43. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Aprobación presidencial - Si para la efectividad o validez de cualquier parte o...
§ 44. Redención o compra de bonos del gobierno con sobrantes disponibles—Transferencia anual del “Fondo de Intereses sobre Inversiones” al fondo general - Por la presente se ordena sea transferido al fondo general...
§ 45. Convalidación de bonos y pagarés emitidos con anterioridad al 25 de abril de 1949 - Todos los bonos y pagarés hasta el presente emitidos por...
§ 46. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Emisión de duplicados - Se autoriza la emisión de duplicados de valores del Estado...
§ 47. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Definiciones - El término “valor” según se usa en las secs. 46...
§ 48. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Requisitos para la expedición de duplicados de valores - (a) La prestación de una declaración jurada ante el Secretario...
§ 49. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Cuándo se podrá eximir de la presentación de fianza para la expedición del duplicado de un valor - (a) Cuando la pérdida o sustracción, o destrucción, desfiguración, mutilación...
§ 50. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Cuándo no se emitirán duplicados de valores - No se emitirán duplicados de valores perdidos, sustraídos, destruidos, desfigurados,...
§ 51. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Forma de los duplicados de valores - Los duplicados de valores se marcarán como tales y el...
§ 52. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Gastos ocasionados por la emisión de duplicados - Los gastos en que se incurriere por motivo de los...
§ 53. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Tramitación de solicitudes para la expedición de duplicados de valores - Las solicitudes para la expedición de duplicados de los valores...
§ 54. Valores perdidos, destruidos o mutilados—Promulgación de reglas y reglamentos - El Secretario de Hacienda promulgará las reglas y reglamentos que...
§ 63. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Autorización - El Secretario de Hacienda queda por las secs. 63 a...
§ 63a. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Particulares - (a) Los pagarés a ser emitidos de tiempo en tiempo...
§ 63c. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Pago - (a) El Secretario de Hacienda especificará en la resolución autorizando...
§ 63d. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—No sujetos al límite constitucional de deuda - Los pagarés emitidos bajo las disposiciones de las secs. 63...
§ 63e. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Utilización del producto de la venta - El producto de la venta de los pagarés emitidos bajo...
§ 63f. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Exención de contribuciones - Todos los pagarés emitidos bajo las disposiciones de las secs....
§ 63g. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Interpretación - Las secs. 63 a 63h de este título no serán...
§ 63h. Pagarés en anticipación de contribuciones e ingresos—Informes - En o antes del comienzo de cada Sesión Ordinaria el...
§ 64. Notas de ahorro de cooperación económica con Puerto Rico - (a) Se autoriza al Secretario de Hacienda para emitir y...