(a) Efectuar la inspección de todos los abonos, primeras materias de abono, enmiendas de terreno, insecticidas, honguicidas (substancias anticriptogámicas), y alimentos para animales que se importen, manufacturen, expendan, manipulen o usen en Puerto Rico;
(b) efectuar la toma de muestras oficiales en relación con los productos anteriormente expresados a los efectos de verificar su subsiguiente análisis en el laboratorio químico que el Departamento de Agricultura sostiene para estos fines, y realizará todos aquellos actos y gestiones que fueren necesarios para dar cumplimiento a las leyes y reglamentos que se promulgaren para la reglamentación del uso, venta, manipulación, fabricación, etc., de abonos, enmiendas de terreno, alimentos para animales y honguicidas en Puerto Rico, y
(c) mantener un registro en el cual se inscriban todas las marcas relacionadas con los abonos comerciales o mezclados, primeras materias de abono o enmiendas de terreno, así como de todos los alimentos concentrados para animales pecuarios que se vendan o se importen para ser usados en Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 3 - Poder Ejecutivo Apéndices
XV. Departamento de Agricultura
XV - Departamento de Agricultura
Artículo 4. Términos utilizados
Artículo 5. Creación del Departamento de Agricultura
Artículo 6. Composición del Departamento
Artículo 7. Facultades, funciones y deberes del Departamento
Artículo 7-A. Facultades, funciones y deberes del Departamento en cuanto a la seguridad alimentaria
Artículo 8. Facultades, funciones y deberes del Secretario
Artículo 9. Sanidad vegetal y veterinaria
Artículo 10. Integridad agrocomercial
Artículo 12. Laboratorios del Departamento
Artículo 14. Estudios o investigaciones
Artículo 17. Nombramiento, poderes y deberes del Administrador
Artículo 18. Facultades, poderes y deberes generales de la Administración
Artículo 19. Transferencia de obligaciones, propiedades y fondos
Artículo 20. Estudios o investigaciones
Artículo 22. Cuentas, desembolsos y sistema de contabilidad
Artículo 23. Adquisición de bienes y expropiación
Artículo 24. Cesión de bienes a la Administración
Artículo 27. Multas administrativas
Artículo 39. Cláusula derogatoria
Artículo 43. Solicitudes o asuntos pendientes de trámite
Artículo 44. Reglamentos, órdenes administrativas, cartas circulares y memorandos