La Comisión Estatal de Elecciones instrumentará una campaña de información y orientación al elector puertorriqueño en cuanto al contenido de las propuestas sobre el Sistema Cameral de la Asamblea Legislativa que se someten a votación; la forma en que marcarán su papeleta para consignar en ella su voto; y para exhortar al electorado a que se inscribe y participe en la votación, utilizando para ello todos los medios de comunicación y técnicas de difusión pública a su alcance. Dicha campaña debe iniciarse con no menos de sesenta (60) días de anticipación al referéndum.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 2 - Disposiciones Adicionales
Capítulo 71 - Ley del Referéndum sobre el Sistema Cameral de la Asamblea Legislativa
§ 971c. Disposiciones de aplicación
§ 971e. Campaña de información y orientación
§ 971f. Participación de partidos políticos y agrupaciones
§ 971h. Derecho a voto adelantado
§ 971k. Entrega y cierre de listas
§ 971n. Conservación de papeletas y actas