2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 67 - Toma y Registro de Declaraciones Juradas, Juramentos y Afirmaciones
§ 881. Juramentos, declaraciones juradas y afirmaciones—Forma; perjurio

Todo juramento, declaración jurada y afirmación se prestará en la forma más obligatoria sobre la conciencia de la persona por quien se prestare, bajo las penas y penalidades establecidas para el delito de perjurio.