(a) El límite máximo de máquinas de juegos de azar que podrán instalarse y operar en un negocio será de diez (10) máquinas. Para propósitos de este inciso, se considerará que cada pantalla cuenta como una máquina de juegos de azar, independientemente de que una misma máquina de juegos de azar posea múltiples pantallas.
(b) Las máquinas de juegos de azar, deberán estar situadas en negocios que, como mínimo, se encuentren a cien (100) metros lineales de distancia de una escuela pública o privada y/o centro de cuido, de lugares regulados por las secs. 198 et seq. de este título, conocidas como “Ley de la Industria y el Deporte Hípico de PR”, o de una iglesia o congregación que aspire al sosiego espiritual.
(c) Se establece una zona de prohibición de máquinas de juegos de azar en todo negocio que se encuentre a una distancia de mil (1,000) metros lineales de la colindancia de todo hotel con casino. Se excluye de la referida zona los cascos urbanos de los municipios que queden dentro de dicho perímetro.
(d) No se permitirá instalar máquina de juegos de azar en el exterior de los negocios.
(e) No se permitirá instalar máquina de juegos de azar en establecimientos que no guarden un mínimo de cien (100) metros lineales de distancia de otro negocio donde previamente ya se haya autorizado localizar máquina de juegos de azar.
(f) No se permitirá instalar máquinas de juegos de azar en los negocios que tengan instaladas máquinas de entretenimiento para adultos según definidas en las secs. 82 a 84cc de este título.
(g) El límite máximo de un premio por jugada que puede otorgar la máquina es de mil (1,000) dólares.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
§ 71. Juegos de azar en salas de juego con franquicias, autorizados
§ 71a. Asistente de servicio (attendant) y técnicos de tragamonedas
§ 71b. Poder indelegable para remover, recaudar y contabilizar dinero de las máquinas tragamonedas
§ 72. Juegos de azar en salas de juegos con franquicias, autorizados—Condiciones para franquicias
§ 76. Juegos de azar en salas de juegos con franquicias, autorizados—Derechos de franquicia; zonas
§ 76a. Supervisión de salas de juegos; licencias al personal; reglamentos
§ 78. Supervisión de salas de juegos—Penalidades, cancelación de la franquicia y/o licencia
§ 79. Supervisión de salas de juegos; licencias al personal—Personal
§ 79a. Vigencia de la enmienda de 1974; restricciones
§ 80. Picas, prohibidas excepto durante fiestas patronales
§ 81. Picas, prohibidas excepto durante fiestas patronales—Penalidades
§ 82. Máquinas de juegos de azar—Definiciónes
§ 83. Máquina de entretenimiento de adultos—Autorización
§ 84. Máquinas de entretenimiento de adultos—Locales podrán ser clausurados
§ 84a. Violaciones—Multa y penalidades sobre máquinas de entretenimiento de adultos
§ 84b. Máquinas de juegos de azar—Autorización
§ 84d. Máquinas de juegos de azar—Prohibición general
§ 84e. Máquinas de juegos de azar—Licencias
§ 84i. Máquinas de juegos de azar—Vigencia de la licencia y marbete
§ 84j. Máquinas de juegos de azar— Solicitud de renovación de licencia
§ 84k. Máquinas de juegos de azar—Facultades y deberes de la Comisión
§ 84l. Máquinas de juegos de azar—Facultades y deberes del Director Ejecutivo
§ 84n. Máquinas de juegos de azar—Identificación de máquinas
§ 84p. Máquinas de juegos de azar—Divulgación requerida y prohibición de material promocional
§ 84q. Máquinas de juegos de azar—Negocios en los cuales puedan operar
§ 84r. Máquinas de juegos de azar—Número, localización y premio
§ 84u. Máquinas de juegos de azar—Requisitos de tecnología
§ 84v. Máquinas de juegos de azar—Requisitos de tecnología del sistema de conectividad
§ 84w. Máquinas de juegos de azar—Costo e inversión en la tecnología requerida
§ 84x. Máquinas de juegos de azar—Porcentajes de retención teóricos y reales
§ 84y. Máquinas de juegos de azar—Reglas para distribuir el ingreso
§ 84z. Máquinas de juegos de azar—Recaudación y distribución de los ingresos
§ 84aa. Máquinas de juegos de azar—Violaciones
§ 84bb. Máquinas de juegos de azar—Penalidades y multas
§ 84cc. Máquinas de juegos de azar—Confiscación
§ 87. Límites máximos de apuestas permitidas
§ 88. Reglamentación e interpretación