(1)
(a) Proveer toda información que el Comisionado considere necesaria de tiempo en tiempo para poner en vigor este capítulo o cualquier reglamento aprobado al amparo del mismo y a poner a disposición del Comisionado en el local de negocios, para examen, los libros de contabilidad, récords, documentos y cualesquiera otros datos que éste considere necesarios.
(b) A pagar al Comisionado un cargo por concepto de examen de trescientos (300) dólares por cada día o fracción del mismo, por cada examinador que intervenga en cada examen, más los gastos en que se incurra por concepto de dietas y millaje de éstos de acuerdo con las normas establecidas para los funcionarios y empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en cheque expedido a nombre del Secretario de Hacienda.
(c) Todo concesionario someterá aquellos informes que el Comisionado le requiera, en las fechas y términos que el Comisionado disponga.
(i) Estado de situación.
(ii) Estado de ingresos y gastos.
(iii) Reconciliación de la cuenta de capital al 31 de diciembre de cada año.
(2) Permitir al Comisionado libre acceso a sus propiedades, facilidades y sitios de operación.
(3) Someter al Comisionado el contrato de venta al por menor a plazos que vayan a utilizar en sus ventas a plazos y todo acuerdo que regirá un plan de cuenta rotativa, junto a la forma de solicitud de crédito bajo tal plan, según sea el caso. El concesionario someterá una certificación de que el contrato o el acuerdo que regirá el plan de cuenta rotativa y la forma de solicitud de crédito bajo tal plan, según sea el caso, cumplen con las leyes y reglamentos aplicables, tanto locales como federales, pudiendo el Comisionado a su discreción revisar o requerir cambios a los mismos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 36 - Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento
Subcapítulo V - Administración
§ 773. Facultades del Comisionado
§ 773a. Facultades de la Junta
§ 776. Deberes del Comisionado
§ 777. Procedimiento para la fijación de cargos
§ 778. Poderes de investigación
§ 779. Otros poderes y deberes del Comisionado
§ 780. Deberes de las compañías de financiamiento
§ 781. Revisión judicial de reglamentos
§ 782. Ordenes para cesar y desistir
§ 783. Reconsideración ante el Comisionado; revisión judicial de órdenes o resoluciones