2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo V - Administración
§ 773. Facultades del Comisionado

(1) Para prescribir los seguros que serán permisibles en las ventas al por menor a plazos, los cuales podrán ser diferentes, dependiendo del tipo de mercancía o servicio envuelto en la venta.
(2) Para la devolución de las primas de seguro en el caso de pagos por adelantado de los contratos y cancelación de las pólizas de seguro.
(3) Para establecer los cargos por prórroga o diferimiento del contrato y la forma de computar los mismos.
(4) Para establecer, fijar, regular, aumentar, disminuir o dejar a la libre competencia los cargos que no sean por financiamiento ni tipo de interés se podrán cobrar tanto en los contratos como bajo los planes de cuenta rotativa.
(5) Para establecer cargos por cualesquiera otros conceptos a que diera lugar la compra de mercancía o servicios al por menor a plazos o la adquisición del contrato de venta al por menor a plazos o intereses sobre los mismos.
(6) Para determinar la información que deben contener los estados de cuenta que se envíen mensualmente bajo un plan de cuentas rotativas.
(b) [Derogado. Ley de Agosto 15, 1999, Núm. 258, sec. 8, ef. 30 días después de Agosto 15, 1999.]
(c) [Derogado. Ley de Agosto 15, 1999, Núm. 258, sec. 8, ef. 30 días después de Agosto 15, 1999.]