2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 61 - Ejercicio de la Abogacía
§ 726. Admisión al ejercicio de la profesión—Reglas del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo de Puerto Rico redactará, de conformidad con las secs. 721 a 726, 740 y 741 de este título, las reglas que estime oportunas y que sean necesarias para su mejor cumplimiento. Todos los fondos recaudados por concepto de los derechos que conforme a dichas reglas se establezcan, ingresarán al Fondo Especial de la Rama Judicial, creado en el Departamento de Hacienda por la sec. 1482e del Título 32, para ser utilizados para beneficio de dicha Rama, de la forma y para los fines allí dispuestos.