(a) Condiciones generales para ingreso.— Se establecen las siguientes condiciones generales para ingreso al servicio público municipal:
(1) Estar física y mentalmente capacitado para desempeñar las funciones del puesto.
(2) Ser ciudadano de Estados Unidos de América o extranjero legalmente autorizado a trabajar en Estados Unidos de América.
(3) No haber incurrido en conducta deshonrosa.
(4) No haber sido destituido del servicio público por causa que le inhabilite.
(5) No haber sido convicto de delito grave o por cualquier otro delito que implique depravación moral o infracción de los deberes oficiales.
(6) No ser adicto al uso habitual y excesivo de sustancias controladas o bebidas alcohólicas.
(7) No haber sometido o intentado someter información falsa o engañosa en solicitudes de examen o de empleo.
(b) Requisitos mínimos.— Los requisitos mínimos para ocupar cada puesto se establecerán a base de las cualificaciones establecidas en las especificaciones de la clase de puesto. En todo momento los requisitos deberán estar directamente relacionados con las funciones de los puestos.
(c) Verificación de requisitos, examen médico y juramento de fidelidad.— Los requisitos establecidos de preparación, experiencia, licencia, colegiación, ciudadanía y otros se verificará al momento del nombramiento o de autorizarse el cambio correspondiente. Sera motivo para la cancelación de cualquier selección de un candidato no presentar la evidencia requerida o no llenar los requisitos a base de la evidencia presentada.
(d) Aviso público de las oportunidades de empleo.— Cuando se fuera a efectuar nombramientos en servicio de carrera o regular, el Alcalde divulgará las oportunidades de empleo por los medios de comunicación que mejor se ajusten a las circunstancias del municipio, las cuales pueden incluir el sistema de registro de convocatorias de la OATRH, y según se disponga mediante reglamento.
(e) Proceso de competencia y reclutamiento para el servicio de carrera o regular.— El proceso de reclutamiento se llevará a cabo de forma sistemática y objetiva mediante competencia en igualdad de condiciones, mediante exámenes para cada clase tales como: pruebas escritas, orales, de ejecución o evaluaciones objetivas de la preparación académica y la experiencia de los aspirantes.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Capítulo 315 - Recursos Humanos
§ 7233. Composición del Servicio de los Recursos Humanos
§ 7234. Estado legal de los empleados
§ 7235. Áreas esenciales al Principio de Mérito
§ 7236. Disposiciones sobre clasificación de puestos
§ 7237. Disposiciones sobre reclutamiento y selección
§ 7238. Proceso de selección a puestos de carrera
§ 7239. Ascensos, traslados, descensos y adiestramientos
§ 7241. Deberes y obligaciones de los empleados
§ 7242. Acciones disciplinarias
§ 7243. Cesantías y otras separaciones
§ 7245. Disposiciones sobre retribución
§ 7250. Sistema de Ahorros y Retiro