Ningún hostelero será responsable a ningún huésped o a cualquier otra persona, por cualquier pérdida por hurto o daño ocasionado por otra causa a cualquier vehículo de motor o a cualquier otro vehículo, mientras esté estacionado en cualquier área de estacionamiento gratuito que mantenga dicho hostelero; ni por cualquier pérdida ocasionada por hurto o daño a cualquier propiedad dejada en dicho vehículo de motor u otro vehículo mientras estuviere así estacionado; Disponiéndose, sin embargo, que nada de lo provisto en esta sección deberá interpretarse en el sentido de relevar a persona alguna de responsabilidad por actos realizados intencionalmente.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
§ 712. Responsabilidad por objetos de valor
§ 715. Responsabilidad por vehículos de motor y propiedades dejadas en los mismos
§ 718a. Cancelación de reservación por incumplimiento
§ 720a. Sobreventa de habitación (overbooking)
§ 721. Responsabilidad del hostelero